Los niños de
menos de 125 cm no podrán viajar con un elevador sin respaldo. Esta es una
de las novedades sobre sistemas de retención infantil que pone en marcha
la Dirección General de Tráfico a partir de hoy. Con ello la DGT pretende
reducir la mortalidad infantil y en general el aumento en el número de
accidentes de tráfico registrados en el último año.
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PUNTOS A TENER EN CUENTA EN LA NUEVA NORMATIVA SOBRE SISTEMAS DE RETENCIÓN
INFANTIL
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Los menores que midan
1’35cm o menos estarán obligados a viajar en la parte trasera del
vehículo con sistema de retención infantil.
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Los menores que midan
1’25 cm o menos estarán obligados a viajar en elevador con respaldo.
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Nunca se deberá llevar
al niño en brazos, ni utilizar el mismo cinturón
de seguridad que el adulto.
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Las multas por
no llevar una silla adecuada o llevar al pequeño sin silla conllevarán una
pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.
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Los expertos en seguridad
recomiendan el anclaje mediante el sistema Isofix.
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Si el menor viaja en el
asiento del copiloto por un motivo
justificado hay que desactivar el airbag frontal y colocar la silla a
contramarcha.
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La DGT recomienda el uso de
sistemas de retención hasta que el niño mida 1’50cm..
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